Por Nicolás Morales Salazar, arquitecto · Publicado el . Actualizado el .
Este artículo se escribió en la fecha indicada y la normativa puede haber cambiado desde entonces. Antes de tomar decisiones conviene comprobarla o consultar el caso.
Cuando el estudio visita un local y explica al cliente los cambios necesarios para cumplir la normativa, es habitual la misma pregunta: por qué se le exige algo que el local de al lado no cumple.
Solo pueden plantearse hipótesis, porque no se conoce el tipo ni el estado de la licencia de ese otro local. Estas son las más habituales:
- El local tiene una licencia antigua. Es lo más común. Muchos locales, por ejemplo bares, tienen licencias anteriores a la publicación del Código Técnico, así que no están obligados a cumplir normativas (como la de accesibilidad) que sí se exigen a toda actividad nueva.
- El negocio abrió hace poco, pero conservó la licencia anterior. Es el procedimiento de cambio de titularidad de la licencia: se llega a un acuerdo con el anterior titular del negocio y se cambia el nombre. Se aplica lo dicho en el punto anterior.
- El técnico que revisa el caso. Aunque la normativa es bastante concreta, también se presta a interpretaciones y al criterio del técnico que revisa la documentación. En unas ocasiones se aceptan ciertas excepciones y en otras no.
- El negocio no tiene licencia. Es más habitual de lo que parece, y no es recomendable: si la Administración lo detecta, puede imponer multas importantes y, en caso de accidente, el seguro puede no cubrirlo.
Para conocer las condiciones que se exigirán a un local concreto, conviene consultarlo antes de firmar el alquiler o la compra: contacto. La guía sobre licencia de actividad en Madrid resume el trámite.