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Estudio 27´10 · Arquitectura

Extintores en un local de Madrid: cuántos hacen falta y a qué distancia, según el Código Técnico

Por Nicolás Morales Salazar, arquitecto · Publicado el .

Información general, revisada el con las fuentes oficiales citadas al final. No sustituye el estudio de cada caso concreto: la normativa aplicable depende del municipio, de la parcela o del local y puede cambiar. Antes de tomar decisiones conviene estudiar el caso con un técnico: contacto.

Plano de un local con un extintor, una persona al fondo y una cota de 15 metros de recorrido
¿Cuántos extintores necesita un local? La regla de los 15 metros · 0:46

«¿Cuántos extintores necesita mi local?» es una pregunta que suele contestarse con metros cuadrados. En general, el Código Técnico de la Edificación no los cuenta así: los cuenta por distancia. Esta guía recoge la regla general del Documento Básico SI (Seguridad en caso de incendio), sección SI 4, y qué la cambia o la completa. Es información general: cada local se estudia caso a caso.

1. La regla general: 15 metros de recorrido, en cada planta

Cuando el local se proyecta o se reforma, la tabla 1.1 del apartado SI 4 pide, «en general», extintores portátiles de eficacia 21A-113B, colocados a 15 m de recorrido como máximo, en cada planta, desde todo origen de evacuación. Es decir, desde cualquier punto donde pueda haber personas debe poder llegarse a un extintor andando como mucho 15 metros.

La medida es de recorrido, no en línea recta: cuentan los giros, los tabiques y las puertas que hay que rodear. Y es por planta: un extintor de la planta baja no sirve para la planta superior.

Por «origen de evacuación» se entiende, en general, cualquier punto ocupable del local. El Código Técnico exceptúa el interior de las viviendas y algunos recintos pequeños y de baja ocupación; en un local comercial normal conviene dar por hecho que todo el espacio cuenta.

2. Zonas de riesgo especial: uno fuera, junto a la puerta

La misma tabla pide extintores también en las zonas de riesgo especial. En los locales o zonas de riesgo especial bajo o medio, la nota (1) de la tabla exige un extintor en el exterior, próximo a la puerta de acceso. Dentro hacen falta los necesarios para que el recorrido real hasta alguno, incluido el de fuera, no pase de 15 m. En los de riesgo especial alto, ese recorrido máximo baja a 10 m.

Qué cocina, qué almacén o qué otro recinto del local es de riesgo especial, y de qué grado, no se decide a ojo: depende de la tabla 2.1 de la sección SI 1 (según el uso, la potencia instalada, el volumen o la superficie, según el caso). Una cocina pequeña puede no serlo; una grande, sí. Se comprueba con el proyecto.

3. Por qué en un local alargado o con varias plantas salen más de los que parece

Como la regla es de distancia y por planta, el número final depende de la forma del local y no solo de su superficie. Un local largo y estrecho, con tabiques o con un patio de luces en medio, puede necesitar más extintores que uno cuadrado de la misma superficie. Y cada planta suma los suyos. Si además hay zonas de riesgo especial, a los de la regla general se añaden los de su puerta.

4. Lo que esta regla no dice

  • La fila «en general» de la tabla vale para todos los usos. Algunos usos añaden extintores según la superficie, pero esos añadidos no cambian el recorrido de 15 m.
  • Los establecimientos industriales no se rigen por el Documento Básico SI, sino por su reglamento específico de seguridad contra incendios.
  • El tipo de extintor concreto, el mantenimiento, el alumbrado de emergencia y la señalización son otras comprobaciones, que no se tratan aquí.
  • Esta guía se refiere a locales que se proyectan o se reforman. Para un local ya abierto, conviene revisar qué dice su documentación.

5. Qué conviene hacer antes de alquilar o reformar

Si el local ya tiene extintores, pide ver cuántos hay, dónde están y la fecha de su última revisión; es una de las comprobaciones de la guía de antes de alquilar un local en Madrid. Para saber cuántos hacen falta en tu caso, hay que medir los recorridos sobre el plano del local y comprobar si alguna de sus zonas es de riesgo especial. Ese estudio forma parte de la documentación técnica de la licencia o de la declaración responsable; el trámite se explica en la guía de declaración responsable o licencia en Madrid capital.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos extintores necesita un local?

El Código Técnico no los cuenta por metros cuadrados, sino por distancia: en general, un extintor de eficacia 21A-113B a 15 m de recorrido como máximo, en cada planta, desde todo origen de evacuación. El número final depende de la forma del local y de si tiene varias plantas o zonas de riesgo especial.

¿Los 15 metros se miden en línea recta?

No: es recorrido, es decir, la distancia real que se anda, rodeando tabiques y puertas. Y se cuenta en cada planta por separado.

¿Una cocina necesita un extintor junto a su puerta?

Si la cocina o el almacén es zona de riesgo especial, el Código Técnico pide un extintor en el exterior, próximo a la puerta de acceso. Que lo sea depende de la tabla 2.1 de la sección SI 1 (uso, potencia, volumen o superficie, según el caso); se comprueba con el proyecto.

¿Esto vale para una nave o un taller industrial?

No. Los establecimientos industriales siguen su reglamento específico de seguridad contra incendios, no el Documento Básico SI.

El estudio revisa el local antes de la firma, prepara la documentación técnica y tramita la declaración responsable o la licencia que corresponda.

Más información en la página de licencias de actividad. Para consultar un caso concreto, contacto.

Fuentes

Páginas oficiales consultadas el 21 de octubre de 2026:

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Contacto

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Basta con indicar el municipio, la dirección y lo que se quiere hacer. El estudio responde con los pasos necesarios y, si procede, una propuesta por escrito.